Derechos Humanos
"Cuando hablamos de derechos humanos, (en adelante DDHH), nos referimos a los principios , facultades y condiciones inherentes al ser humano y que permiten alcanzar sus proyectos de vida con dignidad. Es decir, se constituyen en una prerrogativa, poder o facultad del actuar o exigir". (DDHH, Manual de derechos humanos, s.f.d)
Los derechos humanos, es algo que todo ser vivo debe de tener desde el vientre de su madre, y hasta su muerte, y existen varios principios que deben ser respetados por ley, por cultura, y por humanidad, este último casi olvidado en la actualidad, donde la humanidad para con otra persona es casi nula, por ende, cuando se hace una buena acción donde incluye respetar el derecho humano de una persona, se hace viral, porque no es muy común ver acciones así en la sociedad actual, en la generación actual.
Ahora, definiremos lo que implica o significa el ser humano:
"El ser humano es un ente bio, psico, social, lo que significa que es portador de características, únicas, irrepetibles e insustituibles, que lo diferencian del resto de especies existentes" (DDHH, Manual de derechos humanos, s.f.d)
"toda persona tiene un proyecto de vida, que dota de un profundo sentido existencial a cada decisión o actividad individual que realiza" (DDHH, Manual de derechos humanos, s.f.d)
¿Qué es el proyecto de vida o qué implica?:
"El “proyecto de vida” se asocia
al concepto de realización personal, que a su vez se sustenta en
las opciones que el sujeto puede
tener para conducir su vida y alcanzar el destino que se propone.
En rigor, las opciones son la expresión y garantía de la libertad" (DDHH, Manual de derechos humanos, s.f.d)
Luego de una serie de convenios y tratados internacionales, se ha conseguido que a nivel mundial se deban cumplir 5 obligaciones los cuales son, la obligación de respetar, garantizar, proteger, actuar con debida diligencia y reparar.
Una breve explicación de cada obligación, obligación a respetar, implica la obligación de que existan limites al ejercicio del poder del Estado. Obligación de garantizar, es la obligación del Estado de vincular jurídicamente para que cada ser humano tenga el cumplimiento de sus derechos a cabalidad y sin negarse ningún aspecto de los mismos.
Obligación de proteger, el Estado debe de hacer valer que no haya abuso de ningún índole de los derechos de ninguna persona por parte de un tercero, ni de ninguna empresa o ente estatal. Obligación de debida diligencia, es la obligación que debe de cumplir el Estado para que se analicen casos de posibles casos de abuso o incumplimiento de los derechos de algún ser humano. Y la obligación de reparar, el Estado debe de velar por la reparación o atención para con los casos que se concluya hubo violación de derechos.
Un vídeo donde hablan algunos personajes conocidos de Costa Rica con la definición de derechos humanos, y una serie de aspectos que se deben de cumplir.
Referencias bibliográficas
Dirección de protección de derechos. Manual de derechos humanos. Extraído de https://campuspiloto.uned.ac.cr/pluginfile.php/766471/mod_resource/content/1/Manual%20Derechos%20Humanos%20.pdf
Onu Costa Rica. (2013). Día de los derechos humanos [Imagen]. Extraído de https://www.youtube.com/watch?time_continue=278&v=84hPAIFcZio
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